El Baremo de la Ley 35/2015 sube las cuantías un 2,9 % desde el 1 de enero de 2026, en línea con la revalorización de las pensiones contributivas. Es la actualización más significativa de los últimos tres años. Para una víctima atendida en el Hospital Universitario de Torrevieja o en el Quirónsalud, la diferencia respecto a 2025 puede ser considerable. En este artículo desgranamos las nuevas cifras con ejemplos prácticos y avisamos de los errores más caros que se cometen al reclamar.
Qué cambia con la actualización de 2026
El sistema en sí —el del Anexo I de la Ley 35/2015— no se reforma: lo que se actualiza son las cuantías de la Tabla I (perjuicio personal básico y particular) y las cifras de referencia para la indemnización por incapacidad temporal y por secuelas. La subida del 2,9 % afecta a:
- Día básico de incapacidad temporal y perjuicios particulares (moderado, grave, muy grave).
- Valor del punto de secuela en cada tramo de edad.
- Indemnización por perjuicio personal básico en caso de fallecimiento (cónyuge, hijos, ascendientes…).
- Lucro cesante y daño emergente, según los multiplicadores actualizados.
Las cifras concretas en 2026
| Concepto | 2025 | 2026 |
|---|---|---|
| Día básico de IT | 38,10 € | 39,21 € |
| Perjuicio moderado | 66,04 € | 67,96 € |
| Perjuicio grave | 95,25 € | 98,02 € |
| Perjuicio muy grave | 127,00 € | 130,69 € |
Trasladado a un caso típico: un herido que pasa 90 días en incapacidad temporal (30 de muy grave en hospital, 30 de grave en rehabilitación intensiva y 30 de moderado) percibe en 2026 alrededor de 8.900 € solo por el día de incapacidad — un 2,9 % más que en 2025. A esta cantidad se le suma la valoración por secuelas estabilizadas, el lucro cesante y los gastos resarcibles.
¿Qué Baremo se aplica a mi caso?
Esta es la duda más frecuente. La respuesta jurídica es clara: se aplica el Baremo vigente en la fecha del alta médica (estabilización lesional), no en la fecha del accidente. Es decir, si un cliente sufrió el accidente en octubre de 2025 pero se le declara estabilizado en marzo de 2026, las tablas que se le aplican son las de 2026 — y se beneficia íntegramente de la subida.
Esto tiene una implicación práctica importante: cualquier expediente abierto durante 2025 cuya estabilización se haya retrasado a 2026 debe revisarse para asegurarse de que la aseguradora aplica las nuevas tablas, no las antiguas.
Si tu accidente es de finales de 2025 y aún no has recibido el alta médica definitiva, te conviene esperar a la estabilización antes de firmar nada con la aseguradora. La diferencia entre cobrar con tablas 2025 o con tablas 2026 puede ser de varios miles de euros.
Valoración por puntos de secuela
Una vez la víctima está estabilizada, el perito médico cuantifica las secuelas funcionales en puntos, según el baremo médico (Tabla 2.A.1). Cada punto vale más o menos dinero en función de:
- El total de puntos reconocidos (escala creciente: a más puntos, mayor valor por punto).
- La edad del lesionado al fijarse el alta.
Para 2026, un latigazo cervical con limitación funcional residual valorado en 3 puntos en un cliente de 45 años se cuantifica en torno a 3.700 €. Una secuela de 15 puntos en una persona de la misma edad supera los 22.000 €. Las secuelas de carácter estético se valoran por separado en una escala propia.
Los cinco errores que más cuestan a las víctimas
- Aceptar la primera oferta. La aseguradora suele ofrecer entre un 30 % y un 60 % del Baremo en su llamada inicial. Una vez firmado el finiquito, no hay vuelta atrás.
- No documentar gastos pequeños. Taxis para acudir a rehabilitación, ayudas de tercera persona, ortopedia… cada uno parece poco, pero pueden sumar miles de euros perdidos.
- Cerrar el caso antes del alta médica. Estabilizar prematuramente impide reclamar secuelas que aún no se manifiestan del todo (las dorsales y lumbares tardan en consolidarse, y muchas neuropatías hasta más).
- Ignorar los intereses del artículo 20 LCS. Si la aseguradora se retrasa en pagar lo que debe, la víctima tiene derecho a un interés sancionador que puede llegar al 20 % anual. Esa cifra se ha consolidado en la jurisprudencia de 2025 (STS 1396/2025).
- Aceptar al perito de la aseguradora como única referencia. El cliente tiene derecho a su propia contrapericia médica. En lesiones graves, esa segunda valoración suele inclinar significativamente la indemnización final.
Ejemplo aplicado: colisión por alcance en la N-332
Un cliente de 52 años sufre un alcance en la N-332 a la altura de Torrevieja. Pasa 7 días ingresado en el Hospital Universitario, 60 días en rehabilitación intensiva y otros 60 en rehabilitación moderada. Le quedan dos secuelas estabilizadas: limitación cervical (3 puntos) y dorsalgia mecánica residual (2 puntos). Trabaja por cuenta ajena y la baja laboral le supone una pérdida de 1.800 € en bonus variables no compensados por la prestación.
| Partida | Cuantía 2026 |
|---|---|
| 7 días muy grave (130,69 €) | 914,83 € |
| 60 días grave (98,02 €) | 5.881,20 € |
| 60 días moderado (67,96 €) | 4.077,60 € |
| Secuelas (5 puntos · 52 años) | ~6.500 € |
| Lucro cesante acreditado | 1.800,00 € |
| Total estimado | ~19.170 € |
Si la aseguradora ofreció 6.500 € en su primera llamada (escenario realista), el cliente tendría que rechazarla y peritar adecuadamente. La diferencia, en este ejemplo, supera los 12.000 €.
El Baremo no es una calculadora automática. Es un marco normativo cuya aplicación correcta exige conocer la jurisprudencia y los criterios de cada Audiencia Provincial. En Alicante, esos criterios cambian sensiblemente entre secciones.
Conclusión
La subida del 2,9 % del Baremo en 2026 es una buena noticia para las víctimas, pero solo si saben hacerla valer. La realidad estadística es que la mayoría de las personas que sufren un accidente cobran muy por debajo de lo que la ley les reconoce, simplemente porque firman cifras que las aseguradoras ofrecen antes de que un letrado especialista entre a valorar el caso. Asegúrate de no formar parte de ese grupo.