La costa de Torrevieja, Orihuela Costa, Punta Prima, La Zenia y Cabo Roig concentran una de las mayores poblaciones de residentes extranjeros de la provincia de Alicante. Británicos, irlandeses, alemanes, holandeses, noruegos y belgas residen aquí de forma permanente o estacional. Cuando uno de ellos sufre un accidente de tráfico, surgen dos preguntas casi inmediatas: ¿con qué normativa se reclama? y ¿qué pasa si el vehículo responsable tiene matrícula extranjera?. Te lo explicamos.
¿Qué ley regula la indemnización?
La regla fundamental, en el ámbito de la Unión Europea, es la lex loci delicti: se aplica la ley del país donde ocurre el siniestro. Si el accidente sucede en territorio español —independientemente de la nacionalidad o residencia del lesionado y del lugar de matriculación de los vehículos— la reclamación se rige por la Ley 35/2015 (Baremo) y la Ley sobre Tráfico españolas.
Esto tiene consecuencias prácticas importantes para un residente extranjero:
- El cálculo de la indemnización es el del Baremo español, no el del país de origen del lesionado. Lo que es buena noticia: el Baremo español es uno de los más generosos de Europa para lesiones graves.
- El plazo de prescripción es el español: un año desde la estabilización lesional.
- Los juzgados competentes son los españoles. Concretamente, los de Torrevieja para la mayor parte de los siniestros del litoral sur de la provincia.
El vehículo responsable es extranjero
Cuando el vehículo que provoca el siniestro tiene matrícula no española, entran en juego mecanismos europeos diseñados precisamente para que la víctima no tenga que litigar en el extranjero:
- Sistema Carta Verde: garantiza la existencia de un seguro mínimo en cualquier vehículo del Espacio Económico Europeo (ya no es necesario presentar el documento físico en frontera, pero el sistema sigue vigente).
- OFESAUTO (Oficina Española de Aseguradores de Automóviles): es la entidad que canaliza en España las reclamaciones contra aseguradoras extranjeras. Coordina con las oficinas correspondientes de cada país.
- Convenio Multilateral de Garantía: regula las relaciones entre las oficinas nacionales de los países adheridos.
- Directivas europeas de seguro de automóvil (consolidadas en la Directiva 2009/103/CE y la 2021/2118): establecen los representantes en cada Estado miembro. Toda aseguradora europea que opere en la UE tiene un representante en España al que se puede dirigir directamente la reclamación.
Si un coche con matrícula de un país de la UE te atropella en Orihuela Costa, no tienes que viajar al país de origen del vehículo. La reclamación se gestiona íntegramente en España, en español, contra el representante de la aseguradora extranjera en territorio nacional o, en su defecto, contra OFESAUTO.
Cómo es el proceso paso a paso
- Atestado e informe médico. Como en cualquier siniestro: copia del atestado y partes médicos del Hospital Universitario o Quirónsalud de Torrevieja.
- Identificación de la aseguradora extranjera. A partir de los datos del atestado y del parte amistoso. Si no figura, OFESAUTO la localiza a través del oficial de tráfico del país emisor.
- Localización del representante en España. La aseguradora extranjera tiene la obligación legal de tener un representante para gestionar siniestros en cada Estado miembro. Es a quien se dirige la reclamación.
- Reclamación extrajudicial. Plazo de tres meses para responder, conforme al artículo 7 LCS. Si no contesta o la respuesta es insuficiente, se acude a vía judicial.
- Demanda en España. Si fuera necesaria, se interpone ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar del siniestro (Torrevieja, en el caso típico) o del domicilio del demandado.
- Cobro. La condena se ejecuta contra el representante español. Si el deudor no abona, OFESAUTO o el Consorcio de Compensación cubren la indemnización dentro de los límites del seguro obligatorio.
Particularidades post-Brexit
El Reino Unido salió de la Unión Europea, pero mantiene los acuerdos del sistema Carta Verde, lo que significa que los siniestros con vehículos británicos siguen tramitándose con normalidad a través de OFESAUTO y la Motor Insurers' Bureau británica. No ha habido cambios sustanciales para las víctimas: la reclamación funciona prácticamente igual que antes del Brexit, aunque hay matices procesales que conviene revisar caso a caso.
Algo similar ocurre con vehículos suizos o noruegos: aunque no sean países UE, son parte del Espacio Económico Europeo (Noruega) o tienen convenios bilaterales (Suiza) y el sistema Carta Verde sigue operativo.
Un caso típico en la costa
Cliente británico residente en Punta Prima, jubilado, 68 años. Sufre una colisión por alcance en una rotonda de Orihuela Costa con un vehículo matriculado en Países Bajos cuyo conductor también era residente extranjero. Lesiones cervicales y dorsalgia traumática. Setenta y cinco días de incapacidad temporal, 4 puntos de secuela.
- Idioma de tramitación: español, pero con copia traducida al inglés para el cliente.
- Aseguradora destinataria: la representante española de la holandesa.
- Indemnización conseguida (cifras orientativas con Baremo 2026): alrededor de 13.000 € entre día básico, perjuicios particulares y secuela.
- Tiempo total del procedimiento: nueve meses, sin necesidad de demanda.
Los residentes extranjeros suelen pensar que reclamar a un vehículo extranjero es imposible o muy caro. Es justamente lo contrario: el marco europeo está diseñado para que las víctimas reclamen en su país de residencia, en su idioma cuando sea posible.
Conclusión
Si vives en Orihuela Costa, La Zenia, Cabo Roig, Punta Prima o cualquier otro punto de la costa de Torrevieja y has sufrido un accidente —sea con vehículo español o extranjero—, tu derecho a indemnización conforme al Baremo español es íntegro. La complejidad técnica de un siniestro internacional no debe disuadirte de reclamar: existen mecanismos europeos diseñados precisamente para que la reclamación se canalice desde España.
Atendemos en inglés cuando es necesario y resolvemos todo el procedimiento sin que tengas que desplazarte fuera del país.